El Superior Tribunal de Justicia (STJ) revocó el fallo del Tribunal Electoral Provincial (TEP), e hizo lugar al planteo de la Alianza Juntos Somos Río Negro para que se oficialice la candidatura de Alberto Weretilneck. La decisión cuenta con el voto unánime y conjunto de los 4 integrantes del STJ y la abstención -tras haber alcanzado la mayoría- del juez subrogante. En el mismo sentido había dictaminado el Procurador General.
El STJ corrige la idea expuesta en el fallo de primera instancia respecto a que el gobernador y el vice forman ambos parte del Poder Ejecutivo. El STJ sostiene que al no estar Weretilneck incurso en ninguna de las prohibiciones expresas establecidas por la Constitución Provincial, el TEP tomó atribuciones constituyentes, al crear requisitos que la Constitución no establece.
El fallo del STJ analiza pormenorizadamente cinco puntos centrales: qué premisas y límites tiene el Poder Judicial en su tarea de interpretación de las leyes; si es pertinente en Río Negro -en términos constitucionales- aplicar la noción de fórmula electoral; un análisis del artículo 175 de la Constitución Provincial, en armonía con todo el articulado de la Carta Magna; qué significa el concepto republicano y su relación con los sistemas electorales; y por último, que entiende la Constitución por acefalía.
Fuente: Poder Judicial Rio Negro