Modificación en la normativa para el uso de cannabis medicinal

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María Fernanda Canut, presidenta de Cannabis Medicinal Río Negro, nos brinda detalles de los anexos al proyecto, publicados esta semana en el Boletín Oficial a través de la resolución 673/2022 del Ministerio de Salud de la Nación. Allí se incluyen algunas modificaciones con el objeto de simplificar los pasos para garantizar el acceso a los tratamientos a los usuarios de cannabis con fines medicinales, terapéuticos y paliativos.

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A grandes rasgos la resolución establece cuáles son los rangos permitidos de plantas florecidas y cuál es la extensión de superficie cultivada. A saber:

• Cantidad de plantas florecidas: de 1 a 9 por paciente.

• Condición de cultivo: interior y exterior

• Cantidad de metros cuadrados cultivados: hasta 6 m2 para cultivo interior, y hasta 15 m2 para el cultivo exterior.

• Transporte por vehículo: de 1 a 6 frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas.

Además, se incorpora a las organizaciones civiles como terceras personas autorizadas a cultivar para provisión de un paciente registrado, con rangos específicos. Si bien los pormenores se siguen revisando, sin dudas la sola enunciación en este anexo de las ONG como actores autorizados al cultivo cierra una importante fase en pos del cumplimiento pleno de los derechos de los usuarios dentro de lo estipulado por la Ley.

La ONG Cannabis Medicinal Río Negro (Ca.Me.R.N.) es una organización sin fines de lucro, con base en Cipolletti, que se dedica a informar y capacitar sobre los beneficios del uso de la planta de cannabis en el tratamiento de diversas patologías. Junto a la Asociación Civil Cultivo Mi Medicina de Bahía Blanca (provincia de Buenos Aires), participan de la investigación científica de la planta de cannabis para uso terapéutico, un proyecto recientemente aprobado que cuenta con una fuerte inversión del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación.

Texto: Marcelo Pellejero.