La Justicia ordenó liquidar el sueldo de agente con adicionales remunerativos incorporados al básico

La Justicia Laboral hizo lugar a una demanda de ATE Río Negro y ordenó a la Provincia incorporar al sueldo básico de una portera de escuela adicionales remunerativos que, a partir de ahora, estarán sujetos al cálculo de zona y antigüedad duplicando de este modo el salario de bolsillo de la trabajadora.

El reclamo fue realizado por una portera afiliada a ATEFoto: facebook ATE

La decisión fue tomada por la Sala I de la Cámara del Trabajo de General Roca con el voto unánime de los jueces Paula Bisogni, Nelson Peña y José Luis Rodríguez, quienes declararon “bonificables” y “remunerativos” los adicionales 1989/05, 1142/11, 237/14, 473/14 y sus modificatorias en la causa contra la Provincia de Río Negro.


El carácter «remunerativo» de un adicional significa que la suma integra el salario o remuneración y está sujeta a los aportes y contribuciones previsionales y asistenciales; mientras que el carácter «bonificable» de un suplemento expresa que éste debe ser tomado en cuenta para el cálculo de otras bonificaciones establecidas, como la zona y antigüedad.



La Cámara plantea, por un lado, que «la naturaleza jurídica de los adicionales en cuestión se define por su intrínseco carácter remuneratorio y no guarda relación alguna con la edad del agente», en contraposición con las edades mínimas exigidas por la Ley 4640, a partir de las cuales los trabajadores podrían solicitar el pase a «remunerativas» de las sumas que no lo sean.

Por otro lado, la Justicia laboral evidenció “que los adicionales otorgados durante estos últimos 20 años como no remunerativos y no bonificables, en realidad tienen un monto muy superior al sueldo básico, y paradójicamente, son la porción principal de su remuneración, con lo cual se ve desnaturalizado el concepto de sueldo básico y de adicionales» señaló Ailén Roca, asesora legal de la ATE Río Negro.

«Desde que se publicó la Ley 4640 en abril de 2011, el foco se ha puesto en pasar las sumas no remunerativas a remunerativas de los salarios de las mujeres a partir de los 50 años y de los hombres a partir de los 55 años. Sin embargo nada se planteó respecto de si la edad del trabajador tenía relación directa con el carácter remunerativo de las sumas, ni mucho menos si las mismas además de remunerativas» .

Fuente: ATE Río Negro