Los empleadores de personal doméstico tendrán tiempo hasta el 3 de noviembre para elegir una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), en línea con las recientes resoluciones de las superintendencias de Riesgos del Trabajo y de Seguros de la Nación para la puesta en marcha del sistema en este sector.
De acuerdo con la Resolución Conjunta 38.579/14 y 2265/14 de las superintendencias, publicada en la última semana, las cuotas mensuales serán de 130 pesos para personal que trabaje menos de 12 horas; de 165 pesos hasta 15 horas; y de 230 pesos para 16 horas o más.
De este modo, se reglamentó y empezará a regir lo estipulado en el Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares (Ley N°26.844, de abril de este año), en el que se dispuso la cobertura de Riesgos del Trabajo para empleados domésticos, con y sin retiro.
Al respecto, el superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, dijo a Télam que «esta era una deuda que la sociedad tenía con un sector importante del mercado laboral que involucra más de 1,1 millones de personas».
«Si bien ya se había avanzado en regímenes de blanqueo que habían incorporado a un tercio de esa población, la cobertura no era integral porque no cubría riesgos del trabajo», explicó.
Hasta ahora, los empleadores pagan 135 pesos, en el caso de 16 horas o más, por aportes previsionales y obra social, monto que en julio se anunció que aumentará a 268 pesos a partir de octubre. A eso se sumará la cuota de la ART, con lo cual el empleador pagará un total de 498 pesos mensuales por esa carga horaria.
Desde las superintendencias, se están adaptando los formularios de aporte para que el trámite sea simple y “no desalentar, que el sector que estaba en un hundimiento salga a la luz y se siga registrando”, dijo González Gaviola.
Agregó que «a partir de la sanción de la ley, se hizo un estudio tentativo, porque como no tenemos historia estadística de la siniestralidad en el sector es difícil fijar alícuota, y hemos fijado una alícuota tentativa definiendo tres bandas».
Para referencia, se estudió «la situación de Colombia y Chile y entre las superintendencias periódicamente revisaremos esta alícuota y en base a la experiencia lo iremos adecuando».
En otros casos, «los cálculos de alícuotas que hemos hecho han sido acertados y cuando tuvimos que bajarlos los hemos bajado, como pasó en la actividad vitivinícola», explicó.
Asimismo, señaló que «el que se asegura es el empleador» y definió al doméstico como “un sector muy particular porque hay gente que tiene trabajos que se asemejan? al trabajo formal y otros al pluriempleo».
A nivel nacional, las 22 ART ofrecerán por reglamento la misma cobertura y cobrarán la misma alícuota, al tiempo que se reglamentaron las particularidades de la actividad, como quién se hace responsable en caso de accidente in itinere de un empleo a otro, por ejemplo.
El funcionario señaló que «Argentina tiene un sistema prestacional mucho más completo que otros países, y en el caso del personal doméstico aunque gane cifras cercanas al salario mínimo, el componente indemnizatorio la lleva a un piso como si cobrara un salario de 9 mil pesos».
Por su parte, la presidenta de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), Mara Bettiol, señaló a Télam que «desde el punto de vista de inclusión de un nuevo colectivo, esto hace a lo que es la filosofía del sistema, nosotros propusimos algunas variantes y finalmente se dictó esta norma».
«No hay experiencia de cobertura de este colectivo, se parte de estimaciones y vamos a hacer un seguimiento cercano de lo que acontece, la evolución de la siniestralidad, e ir ajustando», explicó.
Asimismo, comentó que desde la UART aportaron «detalles que hacen a la cobertura y el contrato salió como definió la SRT, tiene diferencias con el contrato habitual».
«Una cosa es trabajar a nivel de empresa y otra a nivel de hogares y esta es la primera experiencia en hogares», remarcó.
En este contexto, dijo que «la idea fue hacer lo más sencillo posible la incorporación de este colectivo, hay alrededor de 200 mil empresas domésticas registradas y en principio debería ser ese colectivo el que esté cubierto».
Señaló que «se estima que hay 600/800 mil más» que se podrían incorporar a medida que se vaya formalizando el sector.
Actualmente las ART tienen 9 millones de empleados cubiertos en 600 mil empresas, un promedio de 15 empleados por empleador; en cambio con el personal doméstico será ?una ?relación 1 a 1.
Bettiol calculó que «si consideramos los 200 mil trabajadores en los 9 millones (la incorporación) representa algo más que un 2%, pero en el total de empleadores es casi un tercio».
Proyectó que «el riesgo de mayor impacto seguramente sean los accidentes in itinere que siempre son más graves» y adelantó que «en materia de prevención dentro del hogar, seguramente se comience a trabajar en recomen?daciones generales».
«En otros países no está tan extendida la cobertura pero entiendo que no debería generar ninguna particularidad», confió.
Por último, aseguró que «un esquema de este tipo genera, para el trabajador un servicio de cobertura de muy buena calidad y al empleador le da certidumbre».
La cobertura será obligatoria a partir del 3 de noviembre y en caso de que los empleadores no elijan una ART hasta esa fecha, la SRT hará un sorteo y le asignará una, que luego podrá cambiar en el momento que decida.
La ART brindará atención médica inmediata al trabajador accidentado, recalificación para la reinserción laboral, cobertura total en medicamentos, prótesis, rehabilitación y traslados e indemnización en caso de accidente o capacidad permanente.
En caso de un eventual accidente, el trabajador debe informar a su empleador quien, a su vez, avisará de inmediato a la ART respectiva, y la aseguradora instrumentará las acciones necesarias para dar la cobertura de asistencia médica y luego, en la medida que corresponda, brindar las indemnizaciones.
Asimismo, la ART se hace cargo del salario correspondiente fijado por el Ministerio de Trabajo a partir del día 10 de comenzada la licencia y hasta que esté en condiciones de reintegrarse o quede con alguna incapacidad permanente, según sea el caso.
Luis Discenza, socio del estudio de Abogados Adrogué, Marques, Zabala & Asociados, aclaró que según la norma, en caso de accidente y mientras se encuentre vigente la relación laboral, el empleador podrá efectuar, por cuenta y orden de la ART, el pago de la prestación dineraria por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) y el pago de los aportes y contribuciones a la seguridad social. La ART tendrá un plazo de 30 días corridos para reembolsar dichos conceptos al empleador doméstico.
En cambio, para los casos de extinción de la relación laboral, será la ART quien deba abonar la ILT de manera directa, como así también la declaración y pago de los aportes y contribuciones.
Según una Encuesta Nacional de Gasto de los Hogares (EHGH) del INDEC (3° trimestre, 2013), hay 220.000 trabajadores del sector «en blanco» en todo el país, que se incorporarán al sistema de ART.
En la encuesta se estima un total de personal doméstico, entre registrados y no registrados en todo el país, de 1.177.115 personas, con un nivel de informalidad en torno al 80 por ciento.
Fuente: Télam