Reclaman que el Estado cumpla con cupo laboral para personas con discapacidad

foto – gentileza: diario Lanza

La trabajadora social Ivana Vargas y presidenta de la Fundaciòn Kano, que trabaja en el acceso laboral para personas con discapacidad destacó que el Estado es «el primero que vulnera este derecho», a pesar que existe la Ley 225.689 de cupo laboral, que obliga a los organismos públicos a contratar una proporción no menor del 4% de la totalidad de su personal. 

«el primero que vulnera este derecho es el Estado. Nosotros acá hemos solicitado a la intendenta una reunión hace más de dos meses y no nos dieron lugar».

La Fundación trabaja con personas en situación de discapacidad, con el objetivo de para achicar diferencias sociales en Río Negro. Proponen diferentes actividades artísticas y sociales y trabajan con empresas e instituciones públicas para fomentar el empleo en jóvenes. Sobre el acuerdo con comercios de la ciudad de Roca, Vargas señaló que:

«lo que nosotros hacemos es trabajar la razón social empresarial. El privado tiene beneficios impositivos, los cuales son muy buenos, porque tienen descuentos en tazas contributivas e impactos anuales. La ley lo que hace es invitar al privado,para que se sume a esta propuesta, beneficiando al comercio privado…nosotros hemos tenido una muy buena repercusión en General Roca»


Por otra parte, Vargas adelantó que buscan conformar la unidad de las distintas organizaciones que trabajan con jóvenes con discapacidad, para mejorar su salida laboral. Finalmente se refirió al debate que debe darse en las «escuelas especiales», para que se conviertan puedan ser vistas «como cualquier otra» desde la diversidad y multiculturalidad.


Leyes para la igualdad

El acceso laboral para personas con dispacidad está contemplado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, que fue aprobada por la ONU el 13 de diciembre del 2006. En Argentina, la Ley Nº 26.378 busca aplicar este acuerdo internacional:

«la Convención obliga a los órganos supervisores de DDHH a dar importancia a los temas de discapacidad, al revisar el cumplimiento de los gobiernos con otras Convenciones principales de DDHH. Alienta a otros organismos vinculados al sistema de la ONU (UNICEF, OMS, UNESCO, OIT y otros) a prestar atención a los asuntos de discapacidad» (fuente: Argentina.gob).

Otra de las leyes que brinda un marco lelgal a la protección integral de las personas con discapacidad es la Ley Nº22.431, que además busca promover estimulos económicos para las empresas que facilitan el acceso laboral.

Finalmente, la Ley Nº 25.689 agrega que los organismos del Estado Nacional están obligados a ocupar su personal con «una proporción no menor del 4% de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo, exclusivamente otorgados por ellas» (fuente: Argentina.gob). Están obligados a cumplir con esta ley:

  • El Poder Ejecutivo Nacional.
  • El Poder Legislativo Nacional.
  • El Poder Judicial de la Nación.
  • Los organismos del Estado.
  • Las empresas del Estado.
  • Las empresas privadas que son concesionarias de servicios públicos.