Reabren la causa por la muerte de Santiago Maldonado: «hay nuevas ventanas de investigación, pero se sospecha de las víctimas de la represión» afirmó el periodista Juan Alonso

El viernes 6/9 la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ordenó reabrir la causa que estaba archivada, piden nuevas pericias en la autopsia y tomar declaraciones a testigos claves. El periodista de Nuestras Voces, Juan Alonso, quien estuvo a cargo de la investigación periodística en el documental «El Camino de Santiago» dijo que el fallo es «es positivo porque reabre la causa, pero se pone foco y sospecha en la comunidad mapuche» y afirmó que «en ningún momento el fallo habla de abandono de persona, sino omisión por parte de gendarmería y las personas que estaban con Santiago y usaron el río para escapar de la represión», en su muerte ocurrida en el río Chubut.

Foto: la tinta

El 29 de enero de este año, la familia de Santiago Maldonado presentó un recurso de apelación al fallo del juez federal Gustavo Lleral, quien cerró la causa por la «desaparición y muerte» del joven, ocurrida el 1 de agosto de 2017 en el territorio de Cushamen, Chubut. El viernes la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia reabrió la causa, esta vez bajo otra figura penal. La familia de Maldonado ya comunicó que el fallo de la justicia es «contradictorio y arbitrario».

Si bien los demás jueces, Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez, y Hebe Corchuelo de Huberman, también descartan la figura penal de «desaparición forzada y muerte», ahora declaran que «no se realizó una pesquisa exhaustiva y que el expediente fue archivado por el juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, sin haber resuelto algunos interrogantes que persisten en el tiempo», escribe Juan Alonso en su nota «Santiago no se ahogo solo» del portal Nuestras Voces- periodismo ciudadano.

Un avance importante en la resolución es la pericia tanatológica sobre el cuerpo de Santiago. La Cámara ordenó realizar una nueva autopsia para:

  • obtener nuevas pericias sobre el polen que contenía la ropa de Santiago y las diatomeas (algas unicelulares que atraviesan los pulmones)

Esto permitiría saber con certeza si el cuerpo de Santiago Maldonado estuvo, o no, en el río Chubut, desde el 1 de agosto, desde el momento en que desapareció, luego de la represión de gendarmería, hasta que fue encontrado 78 días después por la Prefectura Naval, el 17 de octubre de 2017, poco antes de las elecciones de medio término.

Además el periodista, quien siguió desde un primer momento el caso, a través de sus crónicas y luego participó a cargo de la investigación periodística en el documental, «El camino de Santiago» del cineasta argentino, Tristán Bauer, describe el fallo como un avance en ciertos puntos, pero contradictorio porque apunta a las víctimas de la represión:

«La Cámara también anuló el sobreseimiento del efectivo Emmanuel Echazú (defendido y ascendido por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich), sino que amplió el campo de sospechas hacia las víctimas de la represión: los mapuches y su recuperación territorial al magnate italiano Luciano Benetton. Cuando la Cámara eligió la palabra “omisión” se está refiriendo a la figura penal de “abandono de persona”.

Muchos medios titularon que el fallo resultaba reconsiderar el caso como «abandono de persona» sobre Santiago, introduciendo una nueva figura penal en la causa. Sin embargo el fallo no lo expresa literalmente, utilizó otra palabra, «omisión»:

«No lo expresó en el escrito, aunque lo dejó latente. Por lo tanto, de ahora en más, la instrucción penal que tome la causa, deberá dilucidar dónde estuvieron los diez gendarmes –entre ellos, Echazú–, cuando llegaron a la vera del río, en momentos en que Santiago comenzó a sufrir hipotermia. También el Poder Judicial deberá resolver qué pasó con los testigos de la comunidad mapuche, Lucas Pilquiman, Matías Santana y Nicasio Luna Arratia».

Como Santiago, otras personas se dirigieron al río Chubut escapando de la represión, ellos son Lucas Pilquiman y Nicasio Luna, quienes lograron atravesarlo y se constituyen en testigos muy importantes para la causa:

«En los casos de Lucas y de Nicasio, ambos cruzaron el río con la víctima y dijeron que Santiago se volvió sobre sus pasos hacia la zona de sauces que bordean la costa. Su cuerpo fue encontrado a siete metros de ese lugar. El mismo sitio había sido requisado en varias intervenciones de las fuerzas federales, que durante la etapa del primer juez de la causa, Guido Otranto (apartado por supuesta parcialidad), accedieron al territorio durante horas, sin obtener resultados positivo».


El fallo, de 18 hojas, de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia