Para Comelli la nueva ley es una «reivindicación del género»

Alicia Comelli (Foto: lmneuquen)

En el día de ayer la Cámara Baja aprobó finalmente por unanimidad y convirtió en ley el Régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, donde entre otras cosas se reconoce la extensión de las jornadas laborales, las licencias y las indemnizaciones para el sector. En referencia a este tema el periodista Omar González se puso en comunicación en su programa diario “El Arranque”, con la diputada nacional de la provincia de Neuquén, Alicia Comelli quien refirió que lo tomó de manera personal como “una reivindicación del género. Porque el 95 % de las personas que trabaja en casas particulares son mujeres que están al cuidado o la atención de lo más importante para una familia, la casa, su cotidianidad, sus hijos, hasta la alimentación. Sin embargo no eran consideradas trabajadoras con lo que ello implica…faltaba el reconocimiento de derechos”.


SOBRE EL PROYECTO

El proyecto aprobado hoy establece una jornada de trabajo que no puede pasar las 8 horas diarias o 48 semanales; y precisa que si el empleador se excede deberá pagar horas extras.

El reposo nocturno de los trabajadores de casas particulares debe ser, como mínimo, de nueve horas consecutivas, mientras que se impone otro descanso de tres horas al mediodía, que incluye el horario del almuerzo.

El descanso semanal será de, al menos, 35 horas, en tanto el sábado el final de la jornada será a las 13, mientras que el domingo no será laborable.

Sobre las vacaciones estipula que a partir de los 6 meses de antigüedad, las mismas serán de 14 días corridos; de 21 días después de los 5 años, de 28 después de los 10 años y de 35 después de los 20 años de trabajo.
Para el personal sin retiro y durante el período de vacaciones, las prestaciones de habitación y manutención a cargo del empleador deben ser pagadas en, por lo menos, un 30 por ciento del salario diario percibido por la empleada.

Además, se prohíbe el trabajo doméstico a menores de 16 años y se incluye la obligación por parte del empleador de contratar a favor del personal un seguro por riesgos de trabajo (Fuente: TELAM)