La Corte Suprema rechazó el pedido de per saltum

El rechazo al pedido de per saltum fue unánime, pero en relación al recurso extraordinario para que no continúe la medida cautelar los ministros de la Corte votaron en disidencia. En la misma resolución del tribunal, se establece que el plazo de desinversión de un año pautado por el artículo 161 está vencido.

 

Luego de la decisión de la Corte, la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial federal será la encargada de resolver la apelación presentada por el Gobierno ante la decisión de ese mismo tribunal de prorrogar la cautelar que impide la aplicación de los artículos 45 y 161. En el fallo de hoy, el máximo tribunal de justicia solicitó a la Cámara «premura» para resolver la situación.